Foro Lexaformación
Bienvenido(a), Invitado(a)
Por favor Ingresa o Regístrate.
Re: Bonificaciones en los ERE (1 viendo) (1) Invitado(s)
Ir al fondo Publicar respuesta Favorito: 0
TEMA: Re: Bonificaciones en los ERE
#921
Bonificaciones en los ERE 1 Mes, 2 Semanas ago  
Buenos días,
 
Como ya sabéis existe una bonificación del 50% de la cotización patronal por los empleados afectados por un ERE. A partir de la reforma laboral se aumenta hasta el 80% para el caso que se adopten una serie de medidas. Mi consulta es: ¿Se puede aplicar este aumento del 80% con carácter retroactivo a los ERE que ya estuvieran en marcha si adoptamos esas medidas que pide la reforma posteriormente?. 
Ya me diréis algo.
 
Gracias,
 
Reportar al moderador   Reporte guardado Reporte guardado  
  El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
#922
Re: Bonificaciones en los ERE 1 Mes, 2 Semanas ago  
Buenos días:
 
La aplicación no puede realizarse con efectos retroactivos, pero sí a las cotizaciones devengadas a partir de la entrada en vigor de la Reforma Laboral (es decir, a las cotizaciones realizadas a partir del 18 de junio de 2010).
 
Lo dice expresamente el Real Decreto Ley 10/2010, en su disposición transitoria quinta, por lo que el tema es claro:
 
Disposición TRANSITORIA QUINTA. Normas relativas a la ampliación de la bonificación por mantenimiento del empleo y de la reposición de las prestaciones por desempleo
1. Las empresas que hayan instado expedientes de regulación de empleo, de carácter temporal, resueltos por la Autoridad laboral y con vigencia en su aplicación en la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto-ley, podrán beneficiarse de la ampliación del derecho a la bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes a que se refiere el artículo 1.2.bis de la Ley 27/2009, de 30 de diciembre, siempre que se reúnan las condiciones establecidas en el presente Real Decreto-ley. En todo caso, el incremento de porcentaje de bonificación únicamente podrá aplicarse respecto de las cotizaciones devengadas con posterioridad a la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto-ley.
Espero te sirva.
Un saludo
 
Reportar al moderador   Reporte guardado Reporte guardado  
  El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
Ir al inicio Publicar respuesta
Patrocinado por FireBoard
Colaboración


DIRECCIÓN

C/Estella, nº8, 1º Izda.
(Frente al Corte Inglés)
31002 Pamplona (Navarra)
C/Estella, nº8, 1º Izda. (Frente al Corte Inglés) Telf.- 948 20 32 40 info@lexaformacion.com  |  Copyright © 2008 lex@formacion